SANTO DOMINGO.-La directora ejecutiva del Instituto Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor –PRO CONSUMIDOR- advirtió que el no registro de los Contratos de Adhesión ante esa institución, podría ser la causante de declaración de nulidad en los tribunales ante cualquier demanda donde estén vinculados este tipo de contratos.
La licenciada Altagracia Paulino dijo que las instituciones y empresas que no hayan obtemperado al registro de los contratos, serían declarados rebelde de cumplir con una ley de orden público, que protege a los consumidores.
Señaló que los jueces deberán declarar nulo cualquier reclamo que se haga a partir de contratos de adhesión no registrados en PROCONSUMIDOR y que por lo tanto el no registro, más que bien le causará perjuicio a los proveedores de servicios que no registren sus contratos.La entidad defensora de los consumidores se pondrá en contacto con el Colegio de Abogados de la República Dominicana para que en lo adelante los abogados litigantes en materia civil exijan ante los tribunales la legitimidad de un contrato, mediante una certificación otorgada por PRO CONSUMIDOR.
La ley 358-05 establece claramente en el párrafo I del artículo 81 que: "Los contratos de Adhesión o los formularios, vigentes o no a la entrada en vigor de la presente ley deberán ser remitidos a la Dirección Ejecutiva de PRO CONSUMIDOR, la que creará un sistema de registro para tales fines sin perjuicio del registro que deberán llevar a cabo ciertos proveedores ante las autoridades administrativas correspondientes en virtud de leyes especiales. Esta disposición se aplica a todo tipo de contratos incluyendo los de materia financiera".
0 Comentarios
Tu comentario es importante