
El funcionario consideró que
elegir es un derecho cuando se trata de situaciones que atentan contra la vida,
la salud reproductiva y mental de la
mujer.
Asimismo, expresó que es necesario
que la sociedad dominicana trate abiertamente el tema del aborto, en el marco
de las excepciones que planeta el presiente Danilo Medina sobre los artículos
107, 108, 109 y 110, que conforman en su conjunto la Sección III, del Capítulo
I, Título II de la ley, relativos a la tipificación penal de la interrupción
del embarazo cuando la vida de la mujer corre peligro, cuando el embarazo es
producto de violación o incesto y cuando el feto tiene malformaciones
incompatibles con la vida, ya que existe una realidad que no podemos ignorar.
Aprobar el código penal sin estas
observaciones, tendría efectos nocivos sobre la mujer porque se les estaría
negando el derecho a la vida y a la salud, al exponerlas a atenciones
clandestinas, agregó Rosa Chupany.
Indicó que República Dominicana es
uno de los cinco países del mundo junto a Chile, el Salvador, Nicaragua y
Malta que penalizan el aborto en forma
absoluta.
Código Penal criminaliza el
ejercicio de la medicina
“El Código Penal criminaliza la
intervención médica en caso de interrupción del embarazo en cualquiera de las
tres excepciones referidas por el Primer mandatario, por lo que estamos
violentando un derecho fundamental del ser humano como es el derecho a la vida,
a través de la negación de atenciones médicas, así como poner en riesgo la
salud mental de aquellas mujeres que por violación o incesto, tienen que
continuar con un embarazo no deseado”, insistió el funcionario.
Además, explicó que el Código
Penal también se contrapone al ejercicio de la medicina, al limitar la
intervención médica en estos casos.
Publicado por Robinson Castro.
@zamberos.
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