ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El diputado Alexis Isaac Jiménez, por el Partido Revolucionario Moderno
(PRM), consideró como inconstitucional las decisiones adoptadas por el Poder
Ejecutivo porque ninguno de los Poderes del Estado puede asumir las
funciones de ningún otro.
Sostuvo
que la división de los poderes del Estado es la garantía de la democracia y de
la representación popular, al tiempo que dijo de lo contrario se estaría dando
paso a una dictadura.
“Hay
una violación al artículo 4 de la
Constitución que dispone la división de los poderes del Estado, pues cada poder
tiene establecido las funciones que le corresponden y ninguno puede asumir las
funciones del otro; esa división es la garantía de la democracia y de la
representación popular, de lo contrario se estaría dando paso a una dictadura”,
expresó .
El
legislador del PRM explicó que la separación de funciones es lo que evita el
poder omnímodo de uno de los poderes del Estado, y es lo que garantiza que
seamos un país Democrático.
Jiménez
precisó que el Poder Legislativo no debe permitir que bajo ningunas
circunstancia delegar sus funciones al Poder Ejecutivo, quien según expresó no
puede tomar medidas anticipadas que correspondan ser discutidas previamente con
la autoridades legislativas.
“Es por
eso que el Poder Legislativo no debe permitir bajo ningún concepto la
delegación de sus funciones al Poder Ejecutivo, quien no puede tomar medidas
anticipadas que correspondan ser discutidas previamente con la autoridades
Legislativa, en franca violación a la Constitución y a la institucionalidad del
Estado, al menos que sean cómplice de una dictadura”, refirió.
El
legislador explicó que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo “violentan
el artículo 6 de la Constitución Dominicana que impone la supremacía
Constitucional, a todos los órganos del Estado sin excepción, los cuales deben
someterse a la Carta Magna, de lo contrario sus actuaciones tendrían que ser
anuladas”.
Asimismo,
agregó que la supremacía implica que todo poder del Estado debe someter sus actuaciones
al orden constitucional, es decir, que respetar lo impuesto en la Carta Magna,
lo que incluye el Estado de Emergencia, cuya declaratoria debe ser autorizada
previamente por el Legislativo.
Jiménez
añadió que la consecuencia de la violación del orden y supremacía
constitucional realizada por el
mandatario de turno es injustificada, y conlleva la nulidad del acto, que
violento los parámetros establecidos por la constitución conforme al artículo 6
de la Ley de leyes.
Además,
criticó que no se puede concebir que en un Estado Democrático, en el cual el Poder
Ejecutivo actúe al margen de la constitución.
“No
es posible concebir en un Estado Democrático con actuaciones del Ejecutivo al
margen de la constitución, pues es la norma que establece la conducta que se
debe mostrar en todo momento pues en ella están los valores y principios que
tiene que exhibir el que gobierna la nación”, manifestó el diputado
perremeísta.
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