Publicado por Robinson
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ATMÓSFERA DIGITAL,
SANTO DOMINGO, (21/02/2025).- La Junta Central Electoral (JCE) advirtió a los partidos, agrupaciones y
movimientos políticos, así como a sus militantes o miembros y a todos los
ciudadanos y ciudadanas que no pertenecen a las organizaciones políticas, que
cualquier actividad proselitista, realizada antes de los plazos establecidos,
está prohibida.
“Esto incluye, consultas previas o cualquier otra modalidad
con el propósito de escoger o definir precandidaturas o candidaturas, así como
anuncios públicos de aspiraciones a precandidaturas o candidaturas en
cualesquiera de los niveles de elección”.
Este órgano, además tiene la responsabilidad de garantizar el
respeto a una competencia igualitaria a lo interno de las organizaciones
políticas, razón por la que, la definición de precandidaturas y candidaturas,
antes de los plazos establecidos en la ley, genera un escenario de inequidad en
la contienda interna que viola principios constitucionales.
Y es que, el hecho de que una organización política defina
anticipadamente candidaturas no solo está prohibido, sino que también generaría
una desventaja para los demás miembros aspirantes que tengan intenciones de
postularse cuando se inicien los plazos legales, ya que no tendrían el mismo
tiempo para estructurar su proyecto político y recabar los apoyos necesarios.
Por ello, la Junta Central Electoral debe velar porque todos
los/las aspirantes tengan igualdad de oportunidades en el ejercicio de sus
derechos políticos electorales.
Por tanto, de acuerdo con la Ley núm. 20-23 y la Ley núm.
33-18, la precampaña electoral para las elecciones generales de 2028 comenzará
el primer domingo de julio de 2027 y concluirá con la escogencia de las
candidaturas. La campaña electoral, en cambio, iniciará con la proclama oficial
de la JCE, emitida a más tardar 70 días antes de los comicios.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones
establecidas en la Ley núm. 33-18, en su artículo 78, numeral 8, al establecer
que los aspirantes que inicien campaña antes del período oficial serán
sancionados con la inadmisibilidad de su candidatura, lo que significa que no
podrán ser inscritos ni reconocidos como candidatos/as en las elecciones por
los órganos de la administración electoral.
Finalmente, cualquier acción de promoción política fuera de
los plazos legales podría derivar en afectar negativamente la legalidad de las
posibles precandidaturas y candidaturas; por lo que enfatizamos el compromiso
de aplicar estrictamente las sanciones establecidas, garantizando así la
equidad, transparencia y el respeto al principio de legalidad.
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