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ATMÓSFERA
DIGITAL, SANTO DOMINGO, (14/01/2026).- La Liga Municipal Dominicana (LMD) convocó a representantes y
consultores jurídicos de las entidades asociativas municipalistas, a
secretarios de asuntos municipales de los partidos mayoritarios y a expertos
municipalistas para conocer y analizar conjuntamente el nuevo criterio emitido
por el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia TC/1373/25 para fijar las
atribuciones de las alcaldías y los concejos de regidores en materia de uso de
suelo.
El presidente de la LMD, Víctor D´Aza, motivó dicho encuentro por la
relevancia de lo dispuesto por el TC para el ejercicio de esta potestad
municipal y la gobernabilidad en los territorios. “Resulta fundamental que
todos los actores vinculados a la municipalidad promovamos una adecuada
orientación a las autoridades municipales sobre el contenido de esta sentencia,
de modo tal que continuemos reforzando el buen gobierno para la gestión
territorial en cada ayuntamiento y junta de distrito municipal del país”.
Entre los secretarios de asuntos municipales de los partidos políticos
participaron: Kelvin Cruz, por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Ignacio
Ditrén, de la Fuerza del Pueblo (FP), Francis Jorge por el Partido de la
Liberación Dominicana (PLD) y Víctor Feliz, del Partido Revolucionario
Dominicano (PRD).
Asimismo, estuvo presente el presidente de la Asociación
Dominicana de Regidores (Asodore), Elías Reynoso y representantes de la
Federación Dominicana de Municipios (Fedomu).
Dicha sentencia responde a una acción directa de inconstitucionalidad
interpuesta por diversas entidades representativas del sector privado contra la
resolución número 02-2021 sobre la aprobación de autorización de uso de suelo
para proyectos de alto impacto urbano emitida por el concejo de regidores del
ayuntamiento de Higüey el 18 de febrero de 2021.
Ante ello, el TC determinó que la resolución número 02-2021 contentiva
del reglamento atacado, es inconstitucional por el solo hecho de que adolece de
vicios de forma; no obstante, y dada la importancia del tema la alta corte
decidió referirse a un punto adicional planteado por los accionantes que es
sobre la competencia de los órganos dentro de los ayuntamientos para el
otorgamiento de los permisos de uso de suelo y de construcción e instalación de
edificaciones.
Respecto a ello establece que, “la competencia para el otorgamiento de
los permisos de uso de suelo límites de su altura control de la densidad ocupacional
o número de habitaciones por metros cuadrados y el control de Los Linderos con
los colindantes y con las aceras y vías públicas dentro del municipio es una
atribución de carácter ejecutivo que siempre ha pertenecido a las alcaldías y
que se concreta a través de las oficinas de planeamiento Urbano dependientes de
ellas”.
En relación a ello, afirma que el concejo de regidores “es quien
establece todas las condiciones y requisitos necesarios para el otorgamiento de
esas licencias o permisos mientras que las alcaldías ejecutan las normas y
reglamentos cuando otorgan tales licencias o permisos a través de las oficinas
de planeamiento Urbano”.
De esta manera, el TC abandona el precedente de sentencias anteriores:
TC/0226/14, TC/0296/16 y TC/0406/19.
Por último, se destaca que en esta sentencia, el TC establece las
condiciones para que la Liga Municipal Dominicana opere como oficina de
planeamiento urbano de aquellos gobiernos locales que no dispongan de la misma.
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