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ATMÓSFERA
DIGITAL, SANTO DOMINGO, (16/02/2026).- En un paso decisivo hacia la modernización del Estado, el Ministerio
de Administración Pública (MAP) y la Dirección General de Contrataciones
Públicas (DGCP) aprobaron un nuevo modelo estándar de estructura organizacional
para las Unidades de Compras de las instituciones públicas.
Esta reforma, enmarcada en el proceso de implementación de la Ley 47-25,
tiene como objetivo principal fortalecer la transparencia y la
profesionalización en la gestión contractual. Bajo este nuevo esquema, la
Unidad de Contrataciones Públicas desempeñará un rol transversal, brindando
apoyo técnico y administrativo durante todo el ciclo de vida del contrato y
garantizando la trazabilidad de cada proceso.
Tres niveles de estructura según la necesidad institucional
De acuerdo con la resolución conjunta para asegurar que cada entidad
cuente con un modelo acorde a su realidad operativa y presupuestaria, se han
definido tres tipos de estructuras organizativas:
Estructura tipo A (Funcional Especializada): Diseñada para instituciones
con compras estratégicas y de alto riesgo. Divide las compras misionales de las
operativas y cuenta con subunidades para evaluación de ofertas y administración
de proveedores.
Estructura tipo B (Mixta): Orientada a instituciones donde las compras
son procesos de apoyo con bienes y servicios comunes. Requiere una división
clara de roles, pero con menor nivel de especialización que la tipo A.
Estructura tipo C (Simple): Pensada para entidades con bajo volumen de procesos.
Centraliza las funciones en un equipo pequeño para reducir la burocracia y
optimizar los recursos presupuestarios.
En su artículo tres, la circular conjunta destaca que el ciclo de vida de
la contratación comprende las siguientes actividades:
La planificación y la preparación de las contrataciones, la cual implica,
de manera general, estudios y consultas previas, la determinación del objeto a
contratar y de las condiciones necesarias a este, el presupuesto estimado, la
selección de los peritos, la elaboración de las especificaciones técnicas o
términos de referencia, la identificación de la aprobación presupuestaria, la
preparación y aprobación de los pliegos de condiciones y el procedimiento de
contratación.
También la convocatoria al procedimiento de contratación; las
aclaraciones y respuestas a los oferentes, así como posibles adendas o
enmiendas en los pliegos de condiciones.
Asimismo, la presentación, apertura y evaluación de ofertas; la
adjudicación; la perfección del contrato; la extinción del contrato; las
actuaciones poscontractuales y la evaluación de ejecución del contrato en
términos de costos y beneficios alcanzados.
Creación de una Mesa Técnica de seguimiento
Para garantizar la aplicación de esta medida y asegurar el éxito de esta
transición, el artículo 14 de la nueva normativa establece la creación de una
Mesa Técnica, de carácter consultivo y técnico, encargada de acompañar a las
instituciones en la adopción de estos modelos.
Dicha mesa estará coordinada por el MAP y contará con la participación
activa de la DGCP y la Dirección General de Presupuesto (Digepres).
Las nuevas Unidades de Contrataciones Públicas, dependientes de la
Dirección Administrativa Financiera (DAF) de cada institución, se encargarán de
dirigir y coordinar las adquisiciones de bienes, obras y servicios, asegurando
que cada peso invertido esté alineado con la normativa vigente del Sistema
Nacional de Contrataciones Públicas y las necesidades estratégicas del país.
Con esta medida, el Gobierno dominicano reafirma su compromiso con una
Administración pública más ágil donde la gestión de las compras no sea solo un
trámite administrativo, sino un pilar de la eficiencia.
Para consultar la resolución íntegra, los interesados pueden ingresar a
la sección Marco Legal de la página institucional de la DGCP:
https://www.dgcp.gob.do/.
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