Dado que el CNSS reconoce que solo especializando fondos regulares es posible garantizar el acceso a medicamentos de alto costo para los afiliados, demandamos la misma política asignando los recursos necesarios para asegurar atención primaria para todos los dominicanos
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ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO, (08/10/2026).- El Consejo Nacional de Seguridad
Social (CNSS), acaba de elevar a RD$1,938.18 la cápita mensual para los
afiliados al Régimen Contributivo (RC) del Seguro Familiar de Salud (SFS). Se
trata de un aumento de RD$50.64 pesos en relación a la cápita anterior fijada
en 1,887.54 vigente desde marzo del 2025.
Este aumento incluye RD$48.46 para
el Fondo de Medicamentos de Alto Costo (FOMAC), distribuido como sigue: RD$46.04
para los 13 medicamentos y RD$2.42 para la Dirección de Acceso a Medicamentos
de Alto Costo (DAMAC). Por otra parte se destinan otros RD$2.18 para las ARS:
RD$1.38 contra el cáncer infantil y RD$0.80 para administración y honorarios
profesionales.
Este aumento de la cápita mensual
no afecta a los afiliados que son titulares, cónyuges e hijos dependientes
porque son beneficiarios directos según la Ley 87-01. En cambio, los RD$50.64
se aplicarán a todos los afiliados “dependientes adicionales” de los trabajadores
cotizantes, pasando de RD$1,919.78 a RD$1,970.42, un 2.6% más.
La TSS indicó que el nuevo monto
aparecerá en la notificación de pago de octubre de 2026, mientras que el pago
deberá realizarse durante los primeros tres días hábiles de noviembre próximo.
Se recuerda que los “dependientes adicionales” comprende a los hijos mayores de
21 años y a los padres y suegros.
Mediante dicha resolución, el CNSS
dispuso la inclusión de 13 medicamentos de alto costo para el tratamiento de 16
enfermedades catastróficas. Los pacientes afectados los recibirán sin incurrir
en copagos ni cuotas moderadoras, según lo establece la Resolución 645-16 del
CNSS, con cargo a la Cuenta de Cuidado de la Salud de las Personas.
El CNSS reconoce que para asegurar
un derecho es necesario especializar e independizar los recursos necesarios.
El FOMAC contará con fondos
especializados mediante una cuenta exclusiva y capitalizable cuyo monto sólo
podrá ser utilizado para garantizar la cobertura de los 13 medicamentos de alto
costo. Tendrá registros contables separados de los demás fondos del Seguro
Familiar de Salud.
Las reservas financieras del FOMAC
serán utilizadas de forma exclusiva y limitada para financiar condiciones
extraordinarias por desabastecimiento, aumento de la demanda u otras
condiciones no previstas para el otorgamiento de los medicamentos de alto costo
garantizados.
La Resolución establece un período
de carencia de un año destinado a acumular recursos suficientes para garantizar
las coberturas de dichos medicamentos. Durante ese tiempo las transferencias
mensuales al FOMAC serán acumuladas en la cuenta especial que creará la
Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Esta disposición asegura mayores
recursos para el acceso a medicamentos de alto costo con cargo a la Cuenta de
Cuidado de la Salud de las Personas. Sin embargo, crea un mecanismo al margen
de las ARS diluyendo la responsabilidad del control del riesgo y asignándole
funciones de pagador directo a la TSS sin que ésta sea su función esencial, ni
asuma ningún riesgo de sostenibilidad.
Es importante resaltar que el
Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) también dispuso reservar RD$1,38
mensual per cápita para financiar las prestaciones contra el cáncer infantil,
incluyendo vacunas, panel hormonal, PRT.CT y la prueba de IGF-1, llenando así
una brecha sanitaria muy sensible a favor de ciento de miles de niños
dominicanos.
Por el momento, el CNSS no se ha
pronunciado sobre la demanda de la Asociación Dominicana de Administradoras de
Riesgos de Salud (ADARS) y demás ARS sobre la necesidad de indexar la cápita
del Régimen Contributivo, cuya última actualización fue en marzo del 2025, a
pesar de que desde entonces la inflación acumulada llega al 6.5%.
Nuestra Fundación saluda la
decisión del CNSS de extender la cobertura del Plan Básico de Salud (PBS) cubriendo
áreas sensibles para los afiliados. Además, aplaude la especialización de los
recursos para garantizar la prestación de los medicamentos de alto costo
reconociendo que esa es la única vía de satisfacer esta importante demanda
social de las familias más vulnerables.
De igual forma y por los mismos
principios, la Fundación Seguridad Social para todos (FSSPT) demanda aplicar la
misma política especializando fondos para desarrollar la estrategia de atención
primaria de salud (APS) en el primer nivel de atención, como dispone la Ley
87-01. La ausencia de recursos especializados como se plantea ahora para el
FOMAC explica su posposición durante un cuarto de siglo.
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