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MICM adopta medidas para la persecución y sanción de construcciones ilegales de estaciones de expendio de gasolina y GLP


ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) reafirmó el compromiso de perseguir y sancionar la instalación ilegal de estaciones de expendio de combustibles líquidos, plantas envasadoras de gas licuado de petróleo (GLP), gas natural vehicular (GNV) y plantas envasadoras mixtas.

Así lo informó Nadim Rivas Cury, director de la Dirección de Supervisión y Control de Estaciones de Expendio del MICM, quien explicó que la Ley No.37-17, que reorganiza la institución, contempla todas las etapas sobre el proceso de construcción y operación de establecimiento de expendio.

Rivas Cury dijo que en adición, la dirección que dirige persigue y sanciona las personas físicas y jurídicas que cometan infracciones previamente tipificadas en la Ley No. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados.

La información está contenida en un artículo publicado en la edición No.36 del Boletín del MICM, órgano oficial del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el cual se puso en circulación esta semana, señala una nota informativa de la Dirección de Comunicaciones del MICM.

Rivas Cury expresó que a la fecha se han emitido nueve resoluciones de procedimiento administrativo sancionador que ordenan el pago de multas y demolición de estructuras por violación al ordenamiento jurídico y alteración del orden público.

Agregó que actualmente 23 proyectos están en proceso de aplicación del procedimiento administrativo sancionador con el que el MICM puede perseguir, sancionar y destruir construcciones ilegales de estaciones de expendio de hidrocarburos.

Asimismo, informó que se logró eliminar de forma definitiva el antiguo formulario M01 y se culminó con el proceso de cambio al nuevo formato de autorización para el inicio de trámites de obtención de permisos.

Rivas Cury señaló que se logró implementar un nuevo y único formato de permiso para la autorización de inicio de trámites de obtención de permisos y licencias de operación, mediante resolución ministerial debidamente certificada.

Indicó que desde junio de 2019 el MICM ha emitido 1,385 constancias de registro provisional de estaciones de expendio, equivalentes al 81.1 por ciento de las 1,678 estaciones que se encuentran en funcionamiento en el territorio nacional.

El director de Supervisión y Control de Estaciones de Expendio del MICM afirmó que dichas constancias se emitieron dando cumplimiento a la resolución número 74-17, que crea el Registro Nacional de Estaciones de Expendio de Combustibles.

"De igual forma, estamos inmersos en un operativo nacional a fin de que los titulares de estaciones de expendio que no se han sometido al registro lo hagan, y advertimos que en caso de no obtemperar al llamado se harán pasibles de las sanciones establecidas en la normativa vigente”, dijo Rivas Cury.

Expresó que se ha procedido con la clasificación del 100 por ciento de las plantas envasadoras de GLP registradas, a fin de que procedan con las adecuaciones de seguridad exigidas conforme su clasificación (A, B o C), y cumplan “los plazos otorgados en la resolución No. 201-2017”, que reformula los requisitos de seguridad aplicables a ese tipo de negocios.

Agregó que a partir de la emisión de dicha resolución, el 20 de octubre de 2017, las plantas envasadoras de GLP dan fiel cumplimiento a las disposiciones de la norma vigente y acuden ante esa Dirección para obtener las autorizaciones pertinentes a la remodelación de plantas envasadoras de GLP y la implementación de las mejoras de seguridad establecidas.

"Por otro lado, este Ministerio ha completado satisfactoriamente el proceso de revisión de la normativa vigente para la instalación de plantas envasadores de GLP y categoría III (GLP-GNV)", dijo.

Señaló que por esta razón fue emitida la resolución No. 297-19, del 4 de octubre del 2019, que ordena el levantamiento de la suspensión temporal de evaluación técnica de nuevos proyectos y establece los requisitos de funcionalidad, régimen de distancias y normas de seguridad aplicables a estos proyectos.

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