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ATMĆSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO (24/10/2023).- La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante sentencia No.
0030-02-2023-SSEN-00015, de fecha 17 de enero de 2023, ordenĆ³ al Ayuntamiento del Distrito
Nacional (ADN) dar cumplimiento a la ResoluciĆ³n No. 25/2014, del 2 de mayo del
2014, mediante la cual se ratificĆ³ el Contrato Transaccional firmado entre
Impacto Urbano y esa instituciĆ³n municipal.
En el aƱo 2007, el Ayuntamiento del
Distrito Nacional removiĆ³ 619 vallas publicitarias pertenecientes a Impacto
Urbano, “causando serios perjuicios econĆ³micos y morales a esta empresa y a sus
accionistas”.
Por tal razĆ³n, esta empresa iniciĆ³
una serie de acciones judiciales en contra del Ayuntamiento del Distrito
Nacional y el alcalde de ese momento, Roberto Salcedo.
Impacto Urbano es una sociedad
dedicada a la publicidad exterior en espacios urbanos, especialmente mediante
la instalaciĆ³n de vallas lumĆnicas. Este servicio de publicidad exterior
siempre fue prestado en apego a las disposiciones normativas que, en su
momento, regĆan la materia, especialmente de la ResoluciĆ³n No. 46/99 dictada
por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional, de fecha 21 de
marzo de 1999, tal como se evidencia en la ResoluciĆ³n No. 44/2000 del 21 de
marzo del 2000 dictada por la referida Sala Capitular, mediante la cual se
autorizĆ³ a Impacto Urbano a colocar paneles luminosos en las vĆas pĆŗblicas de
la ciudad de Santo Domingo.
En fecha 30 de abril del 2014, Luego
de varias sentencias favorables a Impacto Urbano contra el Ayuntamiento del
Distrito Nacional y en contra del entonces Alcalde, Roberto Salcedo, tanto en materia civil, penal como
administrativa, Impacto Urbano y el Ayuntamiento del Distrito Nacional deciden
voluntariamente poner tƩrmino a todas las controversias judiciales suscitadas,
suscribiendo asĆ un “Contrato Transaccional Definitivo y Convenio de EjecuciĆ³n
de Contrato de Publicidad Exterior” identificado como Contrato No. AE-0030-14 y
sus adendas.
En dicho Contrato Transaccional y sus
adendas se estableciĆ³ en favor de Impacto Urbano lo siguiente:
1. El Ayuntamiento se comprometiĆ³ a reconocer los derechos de Impacto Urbano a la reinstalaciĆ³n de las 619 vallas pertenecientes a esta empresa, en el mismo lugar donde se encontraban originalmente;
2. En el marco del reconocimiento y materializaciĆ³n efectiva del derecho de
reinstalaciĆ³n de Impacto Urbano, el Ayuntamiento del Distrito Nacional debĆa
proceder a la ratificaciĆ³n del Anexo D) del Contrato Transaccional, que
consiste en un Contrato de Publicidad Exterior en favor de Impacto Urbano, con
duraciĆ³n de 10 aƱos, prorrogables por el mismo perĆodo y contados a partir de
la entrega de las seiscientos diecinueve (619) espacios publicitarios que le
corresponden a esta empresa.
3. Adicionalmente, el Ayuntamiento del Distrito Nacional se comprometiĆ³ a pagar una indemnizaciĆ³n en favor de Impacto Urbano, como consecuencia de los procesos judiciales iniciados tras la remociĆ³n de las seiscientas diecinueve (619) vallas y las sentencias condenatorias dictadas en ocasiĆ³n de estos.
Sin embargo, desde el aƱo 2016, de
manera arbitraria, inexplicable e intempestiva, el Ayuntamiento del Distrito
Nacional: i) dejĆ³ de pagar a Impacto Urbano las contraprestaciones acordadas en
el Contrato Transaccional por concepto de indemnizaciones, quedando por pagar a
la fecha un treinta por ciento (30%) del monto total establecido; ii) nunca
cumpliĆ³ con habilitar las condiciones para la reinstalaciĆ³n de las 619 vallas
pertenecientes a Impacto Urbano, en el mismo lugar donde se encontraban
originalmente; iii) pero tampoco ha cumplido con la ratificaciĆ³n del Anexo D)
del Contrato Transaccional que consiste en un Contrato de Publicidad Exterior
en favor de Impacto Urbano.
Esta situaciĆ³n ha provocado que,
desde el aƱo 2016, Impacto Urbano interpusiera diversas acciones, demandas y
recursos ante los tribunales de la RepĆŗblica Dominicana. Si bien estos procesos
aĆŗn siguen abiertos, Impacto Urbano ha obtenido diversas decisiones a su favor,
siendo la mƔs reciente la sentencia No. 0030-02-2023-SSEN-00015, de fecha 17 de
enero de 2023, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
mediante la cual ordena al ADN a cumplir con la ResoluciĆ³n No. 25/2014, del 2
de mayo del 2014, mediante la cual se ratificĆ³ el Contrato Transaccional,
firmado en fecha 30 de abril de 2014.
Reconocemos que esta situaciĆ³n es un problema arrastrado y lamentablemente heredado por la actual incumbente de la AlcaldĆa del Distrito Nacional. Confiamos en que la alcaldesa, seƱora Carolina MejĆa, cuenta con toda la sensibilidad y el criterio de justicia suficiente para reconocer los atropellos que injustamente han sufrido Impacto Urbano y sus accionistas, causados por la AlcaldĆa del Distrito Nacional y que, en ese sentido, se abocarĆ” a procurar una soluciĆ³n definitiva, equilibrada y justa de este caso, bajo el amparo de la ley y en procura de la salvaguarda de los derechos adquiridos de Impacto Urbano.
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