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ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO, (12/01/2026).- La Federación Dominicana de
Municipios (Fedomu) y la Liga Municipal Dominicana (LMD) aclararon de forma
categórica que no han sido eliminadas las sanciones por el incumplimiento de la
normativa presupuestaria municipal en las modificaciones introducidas al
artículo 21 de la Ley núm. 176-07.
Ambas entidades
explicaron que las informaciones difundidas recientemente en medios de
comunicación interpretan de manera imprecisa el alcance de la citada modificación
al artículo 21 de la Ley núm. 176-07.
Mediante un
comunicado, los presidentes de ambas instituciones, Nelson Núñez (Fedomu) y
Víctor D' Aza (LMD), señalaron que lo aprobado por el Senado de la República no
despenaliza la falta ni elimina el régimen de consecuencias, sino que establece
que las sanciones serán impuestas conforme a las disposiciones de la
Constitución de la República y el nuevo Código Penal Dominicano, el cual
contempla expresamente la destitución de los funcionarios municipales que
incumplan la ley.
En ese sentido,
reiteraron que "cualquier interpretación distinta carece de sustento
jurídico y contribuye a una lectura errónea del alcance real de la
reforma".
La federación resalta
que esta actualización legal no supone, bajo ninguna circunstancia, un
debilitamiento de los principios de transparencia, control y rendición de
cuentas.
Los gobiernos locales
continúan plenamente sujetos al marco constitucional, a las leyes de
administración pública, a los órganos de control del Estado y al escrutinio
ciudadano, pilares esenciales de la buena gobernanza y de la autonomía
municipal responsable.
En ese orden, Fedomu
valora de manera positiva dicha modificación, ya que constituye una respuesta
necesaria y oportuna a los efectos generados por disposiciones contenidas en el
artículo 3, con la readecuación de los topes presupuestarios que permite
armonizar el régimen financiero municipal con la lógica del Presupuesto General
del Estado, particularmente en lo relativo a la estructura de ingresos y
gastos, favoreciendo una mayor coherencia normativa y una aplicación más
realista del marco presupuestario a nivel local.
Este ajuste fortalece
la seguridad jurídica, mejora la planificación financiera y dota a los
ayuntamientos de herramientas más acordes con su funcionamiento operativo.
Por consiguiente,
considera que la revisión del artículo 3 de la Ley # 75-25 y su adecuada
articulación con la Ley # 176-07 contribuyen a una gestión municipal más
equilibrada.
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