Escrito por: JUAN BOLĆVAR DĆAZ (juanbolivardiaz@gmail.com)
El debate sobre los alcances del Tribunal Constitucional (TC) en vez de afianzar el respeto por la Constitución proclamada hace un año, parece reflejar un proceso de relajación institucional para crear las condiciones subjetivas que permitan imponer el continuismo presidencial.
Analistas polĆticos y sociales comienzan a advertir una peligrosa imposición del providencialismo presidencial que no respeta el principio de la separación de poderes y promueve actuaciones que ponen en peligro el Estado de derecho, como la imposición de gravĆ”menes al margen de la ley.
Proceso involutivo. Cuando se creĆa que la nueva Constitución del presidente Leonel FernĆ”ndez, viabilizada por un pacto con el ahora presidente del Partido Revolucionario Dominicano, Miguel Vargas Maldonado, abrirĆa un perĆodo de fortalecimiento institucional se expresan preocupaciones sobre un nuevo avasallamiento del continuismo presidencial.
Las incertidumbres se manejan en los mÔs altos niveles de los sectores económicos y eclesiÔsticos y en las peñas de los intelectuales y los profesionales, donde se advierte una tendencia a relativizarlo todo en aras del nuevo liderazgo providencial encarnado en el presidente FernÔndez.
Esta semana hasta la primera dama, doƱa Margarita FernĆ”ndez, se lanzó al ruedo de la reelección, proclamando que es el pueblo quien la reclama “y siempre un buen gobernante debe seguir dirigiendo los destinos de una nación”, como si la Constitución no la prohibiera expresamente, mientras funcionarios y legisladores recolectan firmas, pagadas con dinero, para pedir un referendo que avale el continuismo.
No se ha pasado por alto que fuera el propio gobernante que el mes pasado seƱalara el camino del referendo como vĆa para otra repostulación, con el agravante de que lo planteó como sustituto de una reforma constitucional, como si la consulta pudiera sobreponerse a la Carta Magna.
Pero no sólo estĆ” en juego el valor de la Constitución, sino tambiĆ©n de la palabra del presidente FernĆ”ndez, quien pactó con Vargas Maldonado para conseguir el apoyo necesario para la aprobación de su proyecto de Constitución. Y en ese pacto el dirigente opositor lo Ćŗnico que ha podido reivindicar es que prohibió la reelección continua, aunque libró al doctor FernĆ”ndez y al ex presidente Hipólito MejĆa (que ahora le disputa la candidatura presidencial del PRD) de la jubilación que le imponĆa la anterior Constitución al instituir una sola repostulación y “nunca jamĆ”s”.
La preocupación la expresan por lo bajo los lĆderes empresariales, pero la han hecho pĆŗblica los religiosos, incluyendo a casi todos los obispos católicos, y politólogos y abogados como Rosario Espinal, AndrĆ©s L. Mateo, Rafael Toribio, Eduardo Jorge Prats, Servio Tulio CastaƱos, Santiago Sosa y Francisco Alvarez Valdez. Se resume en el artĆculo del jurista Carlos Salcedo en el periódico El DĆa del viernes, en el que advierte que se puede estar abriendo las compuertas del colapso institucional.
Pobre Constitución. No ha cumplido aĆŗn el primer aƱo y la Constitución ya ha sido objeto de interpretaciones acomodaticias a intereses coyunturales y se han violado varios de los plazos seƱalados en su CapĆtulo II “De las Disposiciones Transitorias”.
El primero cuando se eligieron los nuevos titulares de la Junta Central Electoral (JCE) ignorando la sĆ©ptima disposición transitoria que plantea que los anteriores permanecerĆan en sus cargo “hasta la conformación de los nuevos órganos creados por la presente Constitución y la designación de sus incumbentes”. Para crear los nuevos órganos, el Tribunal Superior Electoral y una diferente JCE, se requieren leyes orgĆ”nicas que aĆŗn no han sido aprobadas y el primero no ha sido constituido.
Luego se ignoró que la Constitución incluyó (artĆculo 112) el “presupuesto, planificación e inversión pĆŗblica” entre las leyes orgĆ”nicas que requieren dos tercios de los votos para su aprobación. Y cuando descubrieron que la Carta Magna dio carĆ”cter constitucional a la disposición del 4 por ciento del producto interno bruto para la educación contenida en la Ley 66-97, el Congreso peledeĆsta resolvió con una nueva figura jurĆdica, la suspensión por un aƱo de ese mandato.
También fueron violadas las disposiciones transitorias primera y quinta de la Constitución de la República que dan un plazo de seis meses para la creación y entrada en funciones del Consejo del Poder Judicial y el Consejo Superior del Ministerio Público.
Y ya se da por hecho que tambiĆ©n se violarĆ” la segunda disposición que da un plazo de un aƱo para poner en vigencia el Tribunal Constitucional, el cual vence el dĆa 26, para lo que sólo quedan 5 dĆas laborables en los cuales es imposible aprobar la ley orgĆ”nica, convocar el Consejo Nacional de la Magistratura y elegir los jueces. Sólo cuatro si el presidente sale de viaje el festivo dĆa 24.
¿Proceso de acondicionamiento? Un agudo observador que por nada del mundo aceptarĆa ser identificado, seƱalaba esta semana que todas estas interpretaciones acomodaticias de la Constitución no pueden ser gratuitas y que podrĆan formar parte de un proceso para acondicionar a la sociedad para que pueda aceptar la que permitirĆa la repostulación del presidente Leonel FernĆ”ndez a pesar del artĆculo 124 de su propia Constitución.
Desde luego, todavĆa son muchos los que no creen que un mandatario con tanto talento y serenidad polĆtica y preocupado por su imagen internacional vaya a intentar retorcer la Constitución para buscar un cuarto perĆodo de Gobierno y tercero consecutivo.
Aunque otros responden que el virus del continuismo ha carcomido tradicionalmente el cerebro de casi todos los presidentes dominicanos, incluso a otros talentosos y serenos como JoaquĆn Balaguer.
Las incertidumbres son mayores por cuanto el debate involucra precisamente a los órganos que, como el Tribunal Constitucional y la Suprema Corte de Justicia, podrĆan ser llamados a dictaminar si el doctor FernĆ”ndez se puede repostular, pese a la prohibición constitucional, como formulan los activistas del continuismo, o sobre los alcances del referendo sugerido por el propio mandatario.
El relajamiento institucional ha incluido una tendencia a aumentar las recaudaciones fiscales con mecanismos extrajudiciales, algunos considerados inconstitucionales por las asociaciones empresariales, como la doble tributación dictada esta semana por el Ayuntamiento del Distrito Nacional en materia de propiedad inmobiliaria, ya con gravÔmenes de carÔcter nacional.
El año pasado el Gobierno impuso una violación de la Ley de Proindustria, con una modificación de facto del régimen impositivo de las importaciones.
La sensación que se va apoderando de la ciudadanĆa es que aquĆ no valen la Constitución ni las leyes y menos los pactos polĆticos aĆŗn proclamados por televisión de cara a la nación, porque el pragmatismo y el salvajismo polĆtico validan todas las conveniencias partidistas y hasta individuales, bajo el viejo predicamento de que el poder no se cede ni se transfiere, ni siquiera a los compaƱeros de partido.
El conflictivo Tribunal Constitucional
Pero la mĆ”s flagrante violación de la Constitución ha sido la aprobación por el Senado de una Ley OrgĆ”nica del TC que cercena las atribuciones que a este le otorgan los artĆculos 184-185 y 277, modificando a Ćŗltima hora el proyecto preparado por una comisión de juristas y enviado por el presidente FernĆ”ndez. El deseo de complacer tardĆamente al presidente de la Suprema Corte de Justicia que en el momento correcto, cuando se discutĆa la Constitución, se opuso tenazmente a la supremacĆa del TC, no justifica el costo de una interpretación retorcida de lo que los mismos actores aprobaron hace un aƱo.
Tampoco se justificarĆa el costo de la interpretación constitucional que permitirĆa llevar al TC algunos de los jueces que quedan jubilados de la Suprema Corte por haber pasado los 75 aƱos de edad, cuando el artĆculo 187 indica que para ser miembro del TC se requieren las mismas condiciones. Esto lo ratificaba el proyecto de ley, pero tambiĆ©n fue modificado en el Senado.
Cuando las objeciones de casi todos los expertos constitucionalistas, incluyendo a funcionarios del Gobierno, de bloques legislativos y de la opinión pĆŗblica han evidenciado las dificultades de la CĆ”mara de Diputados para ratificar lo aprobado por el Senado, se produjo una tardĆa propuesta de transacción del presidente de la Suprema Corte, Jorge Subero Isa, que hubiese sido razonable para la reforma constitucional.
El relajamiento institucional hizo otro “striptease” esta semana cuando el presidente quiso mediar, pero sustituyendo el Poder Legislativo.
Primero convocó a los actores del debate a su fundación privada para un coloquio que debió hacerse en salones del Congreso que es el apoderado del proyecto.
Y aunque allĆ predominaron las objeciones de los constitucionalistas, el mandatario creó una nueva comisión “para que asesore al Congreso”, en una obvia confusión de roles constitucionales, puesto que es a los legisladores a quienes concierne escoger sus asesores.
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