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Exdirector de la ONDA exhorta a bibliotecas impedir sea vulnerado el derecho de autor mediante fotocopiado

Publicado por Robinson Castro/ atmosferadigitalrd@gmail.com./ Twitter: atmosferainfo; Instagram: atmosferadigital; Fan Page: @atmosferadigitalrd.

ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El exdirector de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), Edwin Espinal Hernández, abogó por que las bibliotecas públicas y privadas pongan especial atención al derecho de autor, sobre todo a las obras publicadas en formato de libros, revistas y folletos, para impedir que sea vulnerado mediante el fotocopiado o la puesta en línea de su contenido.

Espinal Hernández pronunció la conferencia “Los libros y las bibliotecas ante el derecho de autor” en el marco de la Semana del Libro, las Bibliotecas y el Bibliotecario Dominicano, organizada por la Biblioteca Nacional Pedro Henríquez Ureña (BNPHU).

Aseguró que se incurre en una transgresión a los derechos de los autores cuando se fotocopia el contenido de su obra o se coloca en el Internet, sobre todo las obras impresas.

El también expresidente de la Asociación Dominicana de Propiedad Intelectual (ADOPI) consideró que la obligación del depósito legal debe ser fomentada en bibliotecas estatales, a fin de garantizar el derecho de autor y enriquecer los fondos bibliográficos de las mismas.

“Además, la obligación del depósito legal a ser realizada en bibliotecas estatales es igualmente relevante y debe ser divulgada y fomentada, no solo como una manifestación de la titularidad del derecho autoral en forma originaria o derivada sino también para enriquecer continuamente y mantener actualizados dichos fondos bibliográficos”, manifestó Espinal Hernández.

El autor de la obra “Legislación de propiedad intelectual anotada, concordada y comentada” analizó en su conferencia el derecho de autor a la luz de lo que establece la Constitución de la República Dominicana y la Ley No.65-00, del 21 de agosto de 2000.

El experto también analizó la Ley No.424-06, de Implementación del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA), del 20 de noviembre de 2006, y su relación con el derecho de autor.

Analizó el artículo 3 de la Ley No.65-00, que establece: “El derecho del autor es un derecho inmanente que nace con la creación de la obra y es independiente de la propiedad del soporte material que la contiene”.

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